Luz verde definitiva a la ley que regula las condiciones del seguro del taxi

Este pasado 22 de julio, el Congreso de los Diputados aprobó una reforma clave en la Ley de Contrato de Seguro que marca un antes y un después para el sector del taxi. Ahora, la Ley 5/2025, de 24 de julio, ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), introduciendo una batería de medidas específicas para los vehículos taxi a través de su disposición adicional segunda, cuyo objetivo es frenar los abusos de las aseguradoras y garantizar la estabilidad del servicio.
Durante los últimos años, los profesionales del taxi han visto cómo el precio de sus pólizas se ha disparado, sobre todo en algunos puntos de nuestra geografía. De pagar 1.000 euros al año se ha pasado, en los casos más extremos, a más de 10.000, sin que las aseguradoras ofrecieran explicaciones claras. Esta subida injustificada ha supuesto una carga asfixiante para un servicio público esencial, especialmente cuando la siniestralidad del taxi es inferior a la de otros sectores como los vehículos de transporte con conductor (VTC). A pesar de ello, desde el taxi no se han cansado de denunciar que las compañías aseguradoras han tratado ambos servicios como si fueran equivalentes.
Con la aprobación de esta reforma, en cuyo impulso ha trabajado la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) y que ha sido respaldada por varias fuerzas parlamentarias, las aseguradoras estarán obligadas a justificar con antelación cualquier subida de la prima, detallando los motivos y permitiendo a los taxistas revisar y valorar su contrato con mayor transparencia.
La nueva regulación obliga a las aseguradoras a proporcionar al tomador del seguro información clara, comprensible y accesible, ya sea por escrito o en soporte electrónico duradero, antes de la contratación o renovación. Esta información deberá detallar los factores objetivos de riesgo utilizados para calcular la prima y las condiciones bajo las cuales la compañía puede resolver el contrato o negarse a prorrogarlo.
Además, al menos con dos meses de antelación al vencimiento del contrato, la aseguradora deberá comunicar por escrito el importe de la prima para la renovación, con un desglose de sus componentes y una comparación con el periodo anterior. También deberá incluir una comparación entre el coste de los siniestros considerado y la siniestralidad media de los vehículos autotaxi asegurados por la entidad.
La ley establece también que las aseguradoras deberán tener en cuenta las certificaciones de antecedentes siniestrales tanto en la suscripción como en la renovación del contrato. Estas políticas deberán publicarse en el sitio web de la entidad en forma de sinopsis general, indicando cómo se usan estos antecedentes en la fijación de precios.
En caso de que un titular de licencia de autotaxi no consiga contratar un seguro en el mercado, podrá recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros, que estará obligado a asumir la cobertura de responsabilidad civil obligatoria sin posibilidad de oponerse a su renovación, dentro de los límites legales. Esta garantía se ampara en la consideración del taxi como servicio público.
Por otra parte, todas las entidades que diseñen productos aseguradores específicos para taxi deberán incorporar en sus políticas internas elementos como el procedimiento para determinar el precio, la relación de factores de riesgo, los costes y gastos incorporados, y mecanismos que aseguren que el producto sigue cumpliendo con las necesidades del asegurado en cada renovación. Estas políticas deberán estar disponibles para la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que podrá requerirlas en cualquier momento.
La Dirección General también tendrá que elaborar y publicar anualmente un informe sobre el estado del aseguramiento del taxi, con datos por provincias sobre primas medias (diferenciando renovaciones y nuevas altas, así como entre vehículos eléctricos y convencionales), tasas de siniestralidad, primas medias para casos de alta y baja siniestralidad, número de aseguradoras que ofrecen cobertura, volumen de primas anuales y volumen de aseguramiento asumido por el Consorcio.
Todas estas obligaciones estarán sometidas a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, conforme a lo establecido en la Ley 20/2015. Con su publicación en el BOE, esta reforma entra en vigor y desde el sector aseguran que marca un punto de inflexión en la protección del taxi frente a prácticas abusivas en el mercado asegurador./TAMBIÉN ES NOTICIA
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