Uber pidió al Ayuntamiento de Madrid 1.500 nuevas licencias de taxi a conceder en tres meses

Señal Taxi Madrid. Imagen: Depositphotos
Señal Taxi Madrid. Imagen: Depositphotos

La nueva Ordenanza del Taxi de Madrid entró en vigor en octubre de 2025, tras largos meses de tramitación y un anteproyecto que se dio a conocer el 18 de julio. Durante ese proceso previo a la aprobación definitiva se registraron 30 alegaciones de entidades, empresas y particulares. Una vez aprobado el texto distintas organizaciones del sector y entidades privadas han anunciado acudir ante los tribunales. Entre quienes han formalizado recurso contencioso figura también Uber, cuya estrategia judicial puede anticiparse a partir de las alegaciones que presentó al anteproyecto antes de la aprobación definitiva.

El planteamiento más llamativo de la compañía se centró en el artículo 6 bis de la nueva Ordenanza. Uber propuso que el Ayuntamiento otorgara en el plazo de tres meses hasta un máximo de 1.500 nuevas licencias de taxi adaptado con una duración mínima de diez años, priorizando los vehículos Cero emisiones e incorporando compromisos con radioemisoras que admitieran reservas previas y anticipadas. La empresa vinculaba esta medida a la modernización del servicio y a la transición hacia flotas más sostenibles.

El Ayuntamiento rechazó la propuesta al considerar que el nuevo artículo 6 bis ya establece un procedimiento específico para incrementar el número de eurotaxis hasta alcanzar el 5% de la flota, en cumplimiento del Real Decreto 1544/2007 sobre accesibilidad. Según la memoria de análisis normativo, serían necesarias alrededor de 300 nuevas unidades —teniendo en cuenta el régimen de descanso—, una cifra muy alejada de las 1.500 planteadas por Uber, cuya necesidad y proporcionalidad no se estimaron justificadas.

Por otro lado, Uber propuso simplificar el sistema de adscripción de vehículos, sustituyendo el modelo actual de autorización municipal por el cumplimiento de requisitos técnicos objetivos —potencia mínima, longitud exterior, antigüedad máxima en sustituciones, taxímetro conforme a normativa y cumplimiento de accesibilidad en eurotaxis—. La compañía argumentó que el modelo vigente genera ineficiencias administrativas y supone una carga desproporcionada, además de existir, a su juicio, una asimetría respecto a los vehículos adscritos a licencias VTC. El Ayuntamiento defendió el sistema actual, que combina autorizaciones de modelos y libertad de elección, y recordó que no tiene competencias sobre la regulación de las VTC.

Otra de las alegaciones relevantes afectó al artículo 28, relativo a la exigencia del título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) para obtener la habilitación como conductor. Uber sostuvo que el requisito constituye una barrera de acceso innecesaria y desproporcionada, que no guarda relación directa con las competencias necesarias para conducir un taxi y que no se exige al titular de la licencia. El Consistorio respondió que la ESO es una etapa obligatoria y gratuita, que no puede considerarse discriminatoria, y que contribuye a garantizar una preparación básica adecuada a las exigencias actuales del servicio, marcadas por la digitalización y el incremento de expectativas de los usuarios.

En materia de descansos, la empresa solicitó la liberalización total del régimen horario, suprimiendo la limitación establecida en el nuevo artículo 37 bis y permitiendo la operatividad 24/7 sin sujeción al sistema de libranzas. El Ayuntamiento rechazó esta petición al considerar que el régimen de descansos responde a un interés general de ordenación del servicio y que la normativa autonómica obliga a los municipios a fijar reglas en materia de calendarios y descansos. También desestimó la supresión de la exigencia de 150 servicios mínimos anuales para eurotaxis (artículo 38 bis), al entender que la medida es necesaria para atender la demanda de personas con movilidad reducida y que la cifra —menos de tres servicios semanales de media— resulta razonable.

Finalmente, Uber pidió eliminar la disposición transitoria relativa al régimen de descanso de los taxis eléctricos puros, abogando por extender la libertad horaria a toda la flota. El Ayuntamiento mantuvo la supresión progresiva de la exención para eléctricos, argumentando que debe priorizarse el cumplimiento del objetivo del 5% de eurotaxis y equilibrar sostenibilidad y accesibilidad. Todas las alegaciones de la compañía fueron desestimadas en la aprobación definitiva de la ordenanza, cuyo contenido será ahora objeto de revisión judicial ante el TSJM./TAMBIÉN ES NOTICIA

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