La Ordenanza del Taxi sigue sin publicarse una semana después de su aprobación

Taxi de Madrid
Taxi de Madrid

Hace justo una semana, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó la nueva Ordenanza Reguladora del Taxi, aplicable a todas las licencias del Área de Prestación Conjunta (APC) de la capital. La norma, impulsada por el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, salió adelante con los votos favorables del Partido Popular y la abstención de VOX, PSOE y Más Madrid.

Sin embargo, y contra lo habitual, la Ordenanza aún no ha sido publicada en los boletines oficiales. Desde una parte del sector explican que la administración acumula un notable retraso en la publicación de acuerdos, ya que la semana pasada todavía se estaban difundiendo resoluciones de principios de septiembre. Otras voces del taxi madrileño muestran mayor escepticismo, apuntan a otras causas y se mantienen expectantes, con dudas sobre cómo podrían aparecer finalmente redactados algunos artículos polémicos.

La controversia se centra principalmente en dos aspectos introducidos durante el Pleno de hace justo una semana. El primero es la obligatoriedad del título de ESO para acceder a la profesión. En la citada sesión se aprobó, mediante una enmienda transaccional, mantener la ESO como requisito preceptivo, aunque se permitirá el acceso acreditando “conocimientos equivalentes”. La enmienda, respaldada también por los grupos de la oposición, busca ofrecer vías alternativas para quienes no posean el título oficial exigible. No obstante, será necesario esperar a la publicación definitiva para conocer con precisión el grado de obligatoriedad que quedará fijado.

El segundo punto de debate gira en torno a los taxis eléctricos. A propuesta del PSOE, se aprobó que podrán mantener la exención del día de libranza obligatorio aquellos vehículos eléctricos solicitados antes del 18 de julio de 2025, fecha en la que se publicó el anteproyecto de la Ordenanza. En adelante, los taxistas que adquieran un coche 100 % eléctrico deberán cumplir con el régimen de descanso, que incluye un día de libranza semanal, además de lo previsto para los fines de semana.

Esta medida no afectará a quienes ya dispongan de un taxi eléctrico o lo hayan solicitado antes del 18 de julio de 2025. Las licencias vinculadas a vehículos eléctricos anteriores a esa fecha, o que puedan acreditar su solicitud previa, conservarán la exención de libranza durante un máximo de diez años.

La fijación de esta fecha fue respaldada por el resto de formaciones. El objetivo de esta enmienda era evitar una posible avalancha de compras de vehículos eléctricos entre la publicación del anteproyecto y la aprobación definitiva, ya que el texto inicial establecía que el retorno al régimen de descanso se aplicaría una vez publicada la Ordenanza.

Además, en virtud de la enmienda aprobada, los taxis eléctricos que actualmente disfrutan de la exención deberán acreditar esta condición durante la prestación del servicio y podrán circular sin la letra identificativa. En cambio, los taxis adquiridos o solicitados a partir del 18 de julio deberán llevar visible la letra correspondiente a su día de descanso obligatorio.

No obstante, y al igual que sucede con el precepto de la ESO, habrá que esperar para ver cómo queda finalmente redactado de forma oficial./TAMBIÉN ES NOTICIA