Ya es público el plazo para presentar alegaciones a la Ordenanza del Taxi

ayuntamiento madrid cibeles
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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó este pasado jueves el anteproyecto de modificación de la Ordenanza del Taxi de Madrid. Ahora el siguiente paso para sacar delante de forma definitiva el texto es abrir un plazo de alegaciones tras la aprobación del proyecto inicial.

Se trata de un plazo de treinta días naturales de información pública para la presentación de alegaciones a la aprobación provisional de esta modificación. El plazo comenzó este pasado sábado 19 de julio y finaliza el lunes 18 de agosto, ambos inclusive. Se puede acceder a la aprobación del proyecto de modificación e la ordenanza en la misma página web del Consistorio.

Hay que recordar que, según ha repetido el ayuntamiento de la capital, el objetivo de esta modificación es ampliar la flota de eurotaxis, que actualmente —según datos oficiales— asciende a solo 366 vehículos, lo que representa únicamente el 2,35 % del total del sector. Estas cifras implican que, como mínimo, debe duplicarse el número de eurotaxis para cumplir con las exigencias legales.

Para ello, el Consistorio ha incluido en el anteproyecto un artículo novedoso que contempla la creación de un procedimiento específico para el otorgamiento de licencias de eurotaxi. En concreto, se propone incorporar un nuevo artículo (6 bis), con el fin de dotarse de una herramienta normativa que permita aumentar el número de taxis accesibles mediante convocatorias públicas de licencias específicas para eurotaxis. Sin embargo, ninguna de las tres asociaciones representativas del taxi en Madrid está de acuerdo con esta propuesta. Este mismo martes se publicó precisamente una resolución por parte del Director General de la Comunidad de Madrid que habilitaba que los taxis adaptados pudieran prestar servicio con vehículos etiqueta C, con el objetivo de fomentar el acceso a este tipo de coches. 

El texto también elimina la exención del día de libranza que estaba vigente para los vehículos eléctricos puros. En concreto, se suprime el artículo 38 quater, que permitía a estos vehículos trabajar todos los días de la semana al no estar obligados a llevar la letra identificativa correspondiente al día de descanso obligatorio. Esta medida ha generado división entre las asociaciones del sector.

No obstante, la disposición transitoria segunda del anteproyecto aclara que los vehículos eléctricos puros que, en el momento de entrada en vigor de la nueva normativa, estén adscritos a una licencia de autotaxi, podrán seguir beneficiándose de esta exención del régimen de descanso. Esta excepción se mantendrá, en principio, hasta que dichos vehículos sean sustituidos al finalizar su vida útil.

El anteproyecto también recupera un requisito formativo para quienes deseen acceder a la profesión de taxista: estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, condición eliminada en la anterior modificación de 2021. Además, se exigirá a los conductores un conocimiento detallado del municipio, su entorno y sus puntos clave. Asimismo, se limitará el número de veces que un aspirante puede presentarse al examen para obtener el permiso municipal de conductor, estableciendo un mínimo de 30 días de espera a partir del segundo suspenso./TAMBIÉN ES NOTICIA