Subida del 1,76% en Madrid y nueva bajada de bandera para los domingos
La actualización tarifaria de 2011 se acordaba el pasado 10 de diciembre tras la última reunión del delegado de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo con los presidentes Asociación Gremial y de la Federación Profesional del Taxi.
Además de los 5 céntimos de subida diurna y la nueva bajada de bandera de domingos y festivos, una tercera novedad es que los sábados se considerarán festivos a efectos tarifarios dos horas antes, es decir a partir de las 15.00 horas, en lugar de las 17:00 como hasta ahora.
También tal y como se había avanzado hace días desde las organizaciones del taxi, por primera vez en el sector se establecen 15 días de periodo vacacional obligatorio en el mes de agosto. En la primera quincena, del 1 al 14 tendrán vacaciones unas licencias y del 16 al 30 el resto. El día 15 de agosto podrán trabajar todos.
Para los responsables municipales y sectoriales dada la grave crisis económica actual, de la que no es ajena el sector del taxi, estas tarifas para el año 2011 se limitan a la realización de una serie de ajustes técnicos en la estructura tarifaria que suponen una subida porcentual del 1, 76%, sensiblemente inferior al IPC interanual de octubre que es del 2, 3% y el de noviembre del 2, 2%.
Esta subida tarifaria de 2011 acordada por el Ayuntamiento y las asociaciones Gremial y FPT será en los próximos días elevada a la Comisión de Precios de la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva. Al igual que en años anteriores la previsión es que la nuevas tarifas puedan entrar en vigor durante las Navidades.
Nuevos precios según conceptos
2,10 €- Bajada de bandera de lunes a sábado en horario diurno (de 6.00 a 21.00 horas) Incremento de 5 céntimos.
2,20 €- Bajada de bandera para domingos y otros festivos. De Nueva creación.
1 € - Por km recorrido en tarifa 1. Se incrementa 2 céntimos.
18,50 € - Hora de servicio diurna (de 6.00 a 21.00 horas) Incremento 40 céntimos.
20,00 € - Hora de servicio nocturna (de 21.00 a 06.00 horas) Incremento 1,65 €, pasa de 18,35 a 20 €.
Variaciones en los suplementos
Los suplementos de aeropuerto y estaciones de tren y autobús seguirán constando lo mismo que en 2010, es decir 5,50 € y 2,95 respectivamente. Aunque se clarifican los supuestos en los que se pueden cobrar:
En el caso del aeropuerto se aplicará en los viajes con origen o destino a las terminales de pasajeros. Para tren y autobús el suplemento solo se podrá cobrar en los viajes con origen en las mismas, suprimiéndose el mismo en los viajes con destino a aquéllas.
Se elimina el suplemento especial de la noche de Reyes pero se mantienen el de Nochebuena y Nochevieja.