Expulsado el presidente de la UNALT del Consell del Taxi por no ser miembro
José Luis Funes, presidente de la UNALT y el abogado de esta organización, que acudieron el pasado viernes a Barcelona para apoyar a la Federació Catalana del Taxi, fueron expulsados de la sesión del Plenario del Consell Català del Taxi. Minutos antes de comenzar la sesión había sido autorizada la presencia del asesor para intervenir únicamente en el punto relativo a la Ley Ómnibus. Por sorpresa, también apareci&oacut
La intervención de los miembros del STAC, encabezados por su presidente Luis Berbel, se realizó al ver que los representantes de la UNALT permanecían en la reunión sin ser miembros del Consell.
Por su parte, los representantes de la UNALT insisten en el peligro de esta ley y apelaban al informe no vinculante llevado a cabo por de la Autoridad Catalana de la Competència. Un órgano "autónomo" de la administración, sin poder "decisorio", en la que "insta" a la liberalización del sector del alquiler con conductor en base "a que está sometido a importantes barreras de entrada", según aseguran desde el STAC.
Se recuerda, además, que la convocatoria en Catalunya contra la Ley Ómnibus, realizada por la Federació Catalana del Taxi, "fue un fracaso".
Berbel ha manifestado que en vez de tantas manifestaciones populistas como se están realizando conforme están vigilantes de las modificaciones legislativas, lo que debían de haber hecho "es presentar alegaciones a la modificación del ROTT cosa que no han hecho. La única organización que sí lo ha realizado, ha sido la Confederación del Taxi de España (CTE)".
La Generalitat mantiene que la ley es inocua
El Director General de Transportes, Manel Villalante ha insistido en que la Ley Ómnibus no afecta "ni al taxi, ni a los vehículos de alquiler con conductor". Ratifica así la orden de coordinación 1/2010 con fecha 2 de febrero 2010) en la que literalmente dice: "las modificaciones introducidas en la LOTT por el artículo 21 de la ‘ley Omnibus´ en nada afectan al régimen jurídico de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, continuando vigentes cuantas reglas se establecen en relación con el mismo en el capítulo IV del título V del Reglamento de la LOTT y en la orden FOM/36/2008".