59 licencias de taxis eléctricos obligadas a librar
El Ayuntamiento de Madrid ha resuelto que 59 licencias adscritas a taxis eléctricos puros deben recuperar la letra identificativa correspondiente a su día libranza en el plazo de 10 días. Las licencias afectadas en esta resolución tenían que haber acreditado que el pedido del vehículo eléctrico se había realizado antes del 18 de julio de 2025 para poder mantener la exención al régimen general de descansos, tal y como recoge la Disposición transitoria segunda de la Ordenanza que entró en vigor a mediados de octubre de 2025.
Hay que recordar que la nueva normativa del taxi madrileño establece que solo los vehículos eléctricos puros que, a fecha 18 de julio de 2025, estuvieran adscritos a una licencia de autotaxi, podrían seguir disfrutando de la exención del régimen de descanso prevista en el artículo. El resto, incluidos aquellos que fueron adquiridos entre el 18 de julio de 2025 y la fecha de entrada en vigor de la ordenanza, es decir, en octubre de 2025, ya debían llevar incorporada la letra y cumplir con el día de libranza obligatorio.
Las 59 licencias que ahora pierden la exención de la libranza, explica el Ayuntamiento de Madrid, o no han podido acreditar los términos exigidos para beneficiarse de la exención o no han presentado la documentación requerida, cuyo plazo expiró el pasado 15 de marzo.

