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22/09/2016 14:09:53 - Gaceta del Taxi

La Policía Municipal de Madrid, obligada a notificar las multas en el acto


Gracias a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los agentes de la Policía Municipal de la capital ya no podrán multar a los conductores sin pararles y deberán notificar las multas en el acto.

 

Esta decisión del TSJM viene dada por un recurso presentado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) a la Ordenanza de Movilidad de 2010 que permitía a los agentes de tráfico multar sin parar a los conductores en caso de que estuvieran regulando el tráfico o carecieran de medios para perseguir el vehículo.

 

Según apunta la instancia judicial, esta ordenanza dejaba a los conductores en una situación de indefensión ya que se les privaba de conocer el motivo de la sanción en el momento, dificultando la obtención de pruebas para demostrar su inocencia. Además, dado el tiempo que pasa entre la posible infracción y el recibimiento de la notificación, los conductores podían olvidar sí circulaban por el lugar donde fueron multados.

 

Hay ciertos casos en los que los agentes no están obligados a notificar en el acto las infracciones, pero éstos se refieren a aquellos en los que la detención de un posible infractor pudiera traer riesgos para la circulación. Otra de las excepciones es el caso de las multas por mal estacionamiento










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