No, un taxi no puede aplicar precios dinámicos aunque el servicio se contrate desde una plataforma
La petición de rectificación presentada por la Asociación Gremial de Auto-Taxi de Madrid (AGATM) a RTVE ha ido acompañada de numerosos comentarios en redes sociales que recuerdan que los taxis no pueden aplicar precios dinámicos aunque trabajen a través de plataformas que también operan con VTC. La normativa no deja lugar a dudas: el canal por el que se contrata un taxi no modifica el régimen tarifario al que está sometido.
En Madrid, el propio Ayuntamiento define el servicio concertado como aquel contratado previamente "por teléfono, radioemisora o medios telemáticos". Es decir, la normativa contempla expresamente que un taxi pueda ser solicitado mediante una aplicación o una plataforma tecnológica. Sin embargo, eso no altera en ningún caso la tarifa aplicable, que sigue siendo la aprobada por la Administración y determinada por el taxímetro.
La aplicación no fija el precio; lo fija la licencia. Un mismo intermediario puede poner en contacto al usuario con un taxi o con una VTC, pero el vehículo mantiene en todo momento el régimen jurídico que le corresponde. Si el servicio lo presta un taxi, deberá aplicar las tarifas oficiales; si lo presta una VTC, el precio responderá al régimen propio de ese sector.
Las tarifas siguen siendo las oficiales
Además, la Ordenanza Reguladora del Taxi del Ayuntamiento de Madrid establece que el servicio está sujeto a las tarifas oficialmente aprobadas por la Administración competente. Cada año, el Ayuntamiento publica las tarifas urbanas aplicables y el taxímetro determina el importe del servicio conforme a esa regulación.
Esto significa que un taxi no puede incrementar el precio porque exista una mayor demanda, un gran evento deportivo, un concierto o condiciones meteorológicas adversas, independientemente de la aplicación desde la que haya sido solicitado. Es decir, el precio viene determinado por la normativa y no por la plataforma que intermedia en la contratación.
La diferencia con las VTC
Precisamente ahí reside una de las principales diferencias entre ambos modelos. Aunque las plataformas pueden poner en contacto al usuario tanto con un taxi como con una VTC, eso no significa que ambos servicios funcionen bajo las mismas reglas.
Si el vehículo asignado es un taxi, deberá aplicar las tarifas oficiales que correspondan. Si el servicio lo presta una VTC, el precio responderá al régimen jurídico propio de esa actividad.
Barcelona también mantiene el mismo principio
La legislación catalana sigue el mismo criterio. La Ley del Taxi de Cataluña establece que corresponde a la Administración determinar el régimen tarifario del servicio y obliga a los vehículos a disponer de taxímetro homologado. Incluso cuando la normativa permite determinadas modalidades de contratación anticipada o precio cerrado, estas forman parte del sistema tarifario previamente autorizado por la Administración y no responden a mecanismos de precios dinámicos vinculados a la oferta y la demanda.
La licencia es la que determina el precio
En definitiva, la normativa diferencia claramente entre el medio utilizado para contratar un servicio y el régimen jurídico del vehículo que finalmente lo presta.
Por ello, el hecho de que un taxi reciba un servicio desde una plataforma tecnológica no le permite aplicar precios dinámicos ni modificar las tarifas oficiales.