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Suspendida la sanción de tres meses a un taxista por recoger pasajeros fuera de la parada en Chamartín

Taxis en la estación de Chamartín. Imagen de archivo.

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha acordado suspender cautelarmente la sanción de tres meses sin trabajar impuesta por el Ayuntamiento de Madrid a un taxista por recoger pasajeros fuera de una parada oficial en las inmediaciones de la estación de Chamartín. La decisión judicial permite al conductor continuar trabajando con la licencia mientras se resuelve el procedimiento principal en los tribunales.

Según detalla Infobae.com, el auto ha sido dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 13 de Madrid, cuya titular, la magistrada Lucía Díaz García, ha estimado la solicitud de medidas cautelares presentada por el conductor. La sanción municipal incluía una multa de 903 euros y la suspensión de la autorización de transporte durante tres meses.

El origen del conflicto se remonta a una actuación en las proximidades de la estación de Chamartín, donde el Ayuntamiento acusó al taxista de recoger pasajeros fuera de una parada oficial. El conductor sostiene, sin embargo, que el servicio había sido precontratado telefónicamente, una modalidad permitida por la normativa del sector.

Ante la sanción impuesta, el taxista —defendido por Servilegal Abogados— solicitó al tribunal la suspensión inmediata de su ejecución. Su principal argumento fue el perjuicio económico que supondría el cumplimiento inmediato de la sanción y dejar de trabajar durante tres meses, al depender de la actividad para su sustento. El Ayuntamiento de Madrid se opuso a esta petición y defendió la ejecución de la sanción tal como había sido acordada por la administración.

En el auto, la magistrada explica que las medidas cautelares se aplican cuando existe el riesgo de que la espera hasta la resolución definitiva del litigio deje el proceso “sin sentido” para quien reclama, con el objetivo de asegurar que la futura sentencia pueda ejecutarse de forma útil. Para adoptar la decisión, la jueza analizó criterios como el riesgo de daño difícil de reparar, el peligro en la demora, el equilibrio entre el interés público y el perjuicio particular, y la apariencia de buen derecho.

Finalmente, la jueza concluye que en este caso el cumplimiento inmediato de la suspensión podría provocar un daño económico grave al taxista mientras el procedimiento sigue abierto, y que retrasar la ejecución de la sanción no afecta de forma relevante al interés público. La resolución cita además jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con este tipo de medidas cautelares. El procedimiento continuará ahora hasta que se dicte sentencia sobre el fondo del asunto./TAMBIÉN ES NOTICIA