Este es el número mínimo de servicios de eurotaxi a realizar antes de 2026
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una nueva Instrucción que establece cómo deberán calcularse y acreditarse los servicios mínimos obligatorios de los vehículos eurotaxi. La medida, publicada mediante resolución de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, proporciona por primera vez un marco para que los servicios municipales puedan verificar el cumplimiento de esta obligación, que será revisada formalmente en 2026.
La aclaración era necesaria tras la entrada en vigor de la nueva Ordenanza del Taxi que introdujo la obligación de que cada licencia con vehículo adaptado realice al menos 150 servicios anuales destinados a personas con movilidad reducida (PMR). Estos trayectos deben certificarse a través de una radioemisora o entidad de contratación que permita reservas accesibles y con 24 horas de antelación.
Un mecanismo de verificación imprescindible
La nueva Instrucción detalla cómo deben computarse los servicios mínimos y establece el método con el que los servicios municipales comprobarán, a partir de la Revista de 2026, si cada eurotaxi ha cumplido los estándares exigidos. El Ayuntamiento subraya que este paso era imprescindible para que los departamentos encargados de la verificación cuenten con un criterio uniforme y para que los titulares de licencias puedan planificar y acreditar adecuadamente los servicios realizados.
“El objetivo es garantizar que las personas con movilidad reducida dispongan de un servicio de taxi accesible, disponible y fiable”, recoge la resolución, que enmarca esta obligación en la protección del derecho a la autonomía y movilidad de las personas con discapacidad.
Prorrateo de servicios para el año 2025
Dado que la reforma de la ORT entró en vigor el 14 de octubre —cuando restaban menos de tres meses para finalizar el año—, la Instrucción establece un sistema de prorrateo diario para adecuar los 150 servicios anuales a los días efectivamente aplicables en 2025. El cálculo resulta en un promedio de 0,41 servicios diarios.
Para facilitar el cumplimiento, la resolución permite dos vías alternativas de acreditación, tomando como referencia:
- Desde el 14 de octubre al 31 de diciembre de 2025: se considerará cumplida la obligación si el eurotaxi acredita al menos 32 servicios (79 días × 0,41).
- Desde el 24 de noviembre al 31 de diciembre de 2025: la obligación se entenderá cumplida con un mínimo de 15 servicios (38 días × 0,41).
En la Revista de 2026, las licencias adscritas a un eurotaxi deberán aportar un certificado que incluya el total de servicios realizados durante 2025 y el total de servicios realizados en uno de los dos periodos anteriormente definidos.
La resolución recuerda que no alcanzar los servicios mínimos constituye una infracción grave, tipificada en la Ley 20/1998 del transporte urbano de la Comunidad de Madrid, sancionada con entre 301 y 800 euros y la pérdida de cuatro puntos de la licencia./TAMBIÉN ES NOTICIA