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Aprobado el régimen de descanso de los taxistas para 2026

Taxi Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el régimen ordinario de descanso de las licencias de taxi para 2026. Por medio de una Resolución de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, el Consistorio ha dejado establecido los descansos de los festivos entre semana y el calendario de vacaciones de las licencias para el año que viene.

La resolución, indican desde la dirección, se adopta en ejercicio de las competencias municipales reconocidas por la normativa autonómica y la Ordenanza Reguladora del Taxi, y tiene como objetivo garantizar la continuidad, cobertura y calidad del servicio, priorizando el interés general y los derechos de las personas usuarias.

En relación con los festivos de lunes a viernes, el Ayuntamiento mantiene el sistema de ordenación par–impar. Así, las licencias con número par deberán descansar los festivos impares y las impares lo harán en los festivos pares, además del descanso semanal ordinario que corresponda según la terminación de la licencia. Esta fórmula, respaldada por las asociaciones representativas del sector, pretende repartir de forma equilibrada la oferta del servicio en días de especial demanda.

Respecto a las vacaciones, se consolida el sistema de turnos estivales por quincenas, vigente desde 2011. En agosto de 2026, las licencias impares permanecerán inactivas obligatoriamente del 1 al 16 de agosto, mientras que las pares lo harán del 16 de agosto al 1 de septiembre. El régimen se alterna anualmente para garantizar la equidad entre titulares y responde, según el Ayuntamiento, a la menor demanda de servicios registrada durante ese mes, especialmente por la caída de la movilidad ligada a la actividad empresarial.

La resolución justifica el régimen adoptado en criterios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad e igualdad. Apoyándose en datos de tráfico y en pronunciamientos recientes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Consistorio defiende que la reducción del 50 % de la flota en agosto es coherente con la disminución real del servicio y resulta la opción menos restrictiva para el sector, sin comprometer la atención a la demanda ni la prestación adecuada del servicio público del taxi.

RÉGIMEN DE DESCANSO PARA EL AÑO 2026

FESTIVOS DE LUNES A VIERNES

El régimen de descanso en días festivos de lunes a viernes seguirá la regla de ordenación PAR-IMPAR:

Las licencias cuyos ordinales terminen en número par, descansarán los festivos impares.

Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar, descansarán festivos pares.

Adicionalmente, descansarán obligatoriamente las licencias a las que les corresponda conforme al artículo 37.1 a) de la Ordenanza Reguladora del Taxi.

VACACIONES

El calendario de las vacaciones de las licencias de autotaxi se establece del siguiente modo:

Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 06:00 horas del día 1 agosto y las 06:00 horas del día 16 de agosto.

Las licencias cuyos ordinales terminen en número par permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 08:00 horas del día 16 de agosto y las 06:00 horas del día 1 de septiembre.

Durante el mes de agosto será de aplicación el descanso semanal en régimen ordinario de lunes a viernes por número de licencia, no siendo aplicable el correspondiente a sábados y domingos ni los festivos de lunes a viernes.

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