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04/01/2013 07:15:49 - Gaceta del Taxi

Vigente un año más el gasóleo profesional para taxistas


 

Tal y como informa Fenadismer, un año más continúa vigente la obligación para los taxistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional de comunicar los kilómetros que han realizado sus vehículos de transporte en el año anterior a la Agencia Tributaria.

 

Desde la Federación recuerdan que dicha obligación debe realizarse por Internet a través de sus asociaciones territoriales antes del 31 de marzo de 2013.

 

El importe que se devolverá en concepto de Gasóleo Profesional es la diferencia entre el impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular. Además, devuelve a los taxistas el recargo autonómico del céntimo sanitario (en concreto hasta 4’8 céntimos por litro) sobre los carburantes de aquellas Comunidades Autónomas que han acordado su aplicación y devolución. Así en la actualidad se benefician de esta devolución los profesionales de Valencia, Castilla-León, Baleares, Castilla-La Mancha, Cantabria, Navarra, Extremadura y Murcia, a las que se unirá próximamente Asturias.

 

Por el contrario no devuelven el céntimo sanitario recaudado las Comunidades Autónomas de Andalucía, Galicia, Madrid y Cataluña (ésta última sólo lo devuelve a los transportistas residentes en Cataluña y no del resto de España que repostan en Cataluña incumpliendo lo establecido en la ley estatal que regula el régimen de devolución del céntimo sanitario a los transportistas).










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