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16/01/2023 - La Gaceta del TAXI

TRIBUNA El léxico de las normas (I)


Manu Sánchez Responsable Geet Plataforma en defensa del servicio público del taxi 

Ya comenté que los europeos seguimos construyendo ese espacio común, creando normas globales para llevar acabo el objetivo de la unificación europea (eso sí, con intereses más bien económicos que social). Por ello, es necesario establecer un marco normativo homogéneo del sector del Taxi, defendiendo nuestro ADN (Servicio Público o actividad con obligaciones de Servicio Público), ante la confusión e incertidumbre que provoca en la legislación actual del sector del Taxi, la nueva estructura de los conceptos de servicios de interés general, servicios económicos de interés general, obligaciones de servicio público y por último los servicios universales.

Yo acepto que cometan cualquier tipo de error, pero no las mentiras, porque no son errores, son decisiones con intenciones. Anónimo

El sector del taxi español se encuentra atrapado dentro de un paradigma lleno de incertidumbre en toda esta construcción europea donde hoy entra en el laboratorio jurídico europeo para determinar nuestra ubicación, bien sea dentro de la gama de los servicios de interés general (SIG) o, por el contrario dentro de los servicios de interés económicos general (SIEG),  conceptos que determinarán la funcionalidad pública o privada del mismo para realizar los trayectos de los ciudadanos en el sistema de la movilidad urbana sostenible. 

Tanto nuestra personalidad jurídica, como la funcionalidad del sector, hoy se debate en sala jurídica (europea y española) ante nuevos escenarios y fuerzas económicas emergentes, donde estamos siendo atacados deslealmente como Servicio Público Impropio en el área competencial de los Ayuntamientos. A todo esto, nos aparece un nuevo foco de problemas al encontrarnos que desde el año 2000 desde el Parlamento Europeo y aprovechando la emergente aparición de la nueva economía apoyada en las tecnologías, han ido construyendo textos en “Reglamentos y Directivas comunitarias” para dar fuerza y relieve a los nuevos cambios, producto de “la Competencia y la Innovación”. 

Estas normativas han dejado puertas abiertas para que  los Órganos reguladores de la Competencia, puedan justificar la eliminación de todas las normas legales que tradicionalmente se venían aplicando por los diferentes Países miembros, indicando que están impidiendo un desarrollo eficiente del Mercado Interior y, que según los defensores de la competencia (pro-competitivos por naturaleza y liberales por ideología) indican que se deben ejecutar con la mayor celeridad posible, porque el sistema actual regulatorio está ocasionando mucho  daño  en especial en los mercados y actividades económicas para que puedan entrar los nuevos agentes de inversores económicos. (Plataformas y App) para desencadenar el establecimiento de nuevos modelos de negocio. 

Esta actuación, provoca las ventajas de los irruptores citados que se basan en la existencia de un vacío normativo y en su defecto, en la asimetría en el cumplimiento de la regulación existente, tanto sectorial como transversal. Es decir, las características de los nuevos modelos empresariales, así como una utilización más eficiente de las tecnologías, actúan directamente en los procesos de cambio normativos para que la regulación de los sectores tradicionales no sea necesaria. Dicho en castellano: irrumpir en los mercados tradicionales, estableciendo un nuevo mercado generado por el sistema digital situado en el circuito de la intermediación de bienes, servicios y productos, para la interacción de la oferta y la demanda, y donde el sector del taxi dependerá como una actividad dependiente de las Plataformas perdiendo en un futuro próximo ese concepto de Servicio Público Impropio, por falta de unificación y defensa sectorial para establecer nuestro carácter prestacional por  Ley Publicatio.

 

 

Continuará……

 





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