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09/07/2018 11:40:52 - Gaceta del Taxi

Publicado el reglamento de las VTC del AMB


El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) ha publicado el nuevo reglamento de los servicios de vehículos de alquiler con conductor (VTC). Dicho texto  fue aprobado el pasado 26 de junio y, entre otras medidas, introduce una licencia urbana para estos vehículos limitando su número a solo 398.

 

La nueva normativa ha sido publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Barcelona y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Contra la misma y una vez que se ha aprobado definitivamente, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en un plazo de dos meses.

 

El reglamento se compone de un total de 25 artículos, una disposición final y dos disposiciones transitorias. En el anexo del mismo, el AMB recuerda que tiene competencias en el transporte que se desarrolle íntegramente en su territorio, que no es otra cosa que un área de gestión unitaria. También incide en que su modelo de transporte está basado en la intervención desde los poderes públicos con distintas reglas y que este modelo es “absolutamente distinto del que se impone en otros lugares, en los que el transporte está liberalizado a favor de los particulares”.

 

Desde el AMB se recuerda que los servicios de las VTC han pasado de ser transportes de lujo a servicios ordinarios de transporte, y  que por ese motivo, han decidido ordenar e intervenir en este sector por su “clara y evidente coincidencia con los servicios tradicionalmente prestados por el taxi”. Considera que esa coincidencia en la prestación de servicios de carácter urbano conlleva graves afecciones y es lo que ha provocado la intervención de la administración local.

 

Desde la entidad barcelonesa también quieren dejar claro que las políticas públicas en el ámbito de la movilidad se fundamenten en la búsqueda de la sostenibilidad ambiental y económica, y que estas son incompatibles con el aumento de las VTC.

 

Por ese motivo,  la disposición transitoria del reglamento establece que sólo quedarán vigentes aquellas autorizaciones VTC que fueron otorgadas por la extinta Entidad Municipal de Barcelona y por la Entidad Metropolitana de Transporte que se encuentren operativas tras la entrada en vigor de esta norma. El número de estas autorizaciones es de 398.

 

La disposición adicional añade que queda limitado el número total de autorizaciones a las anteriormente mencionadas y que, en ningún caso, el número de estos vehículos podrá superar el ratio de una licencia VTC por cada 30 licencias de taxi.

 

Por otro lado, el artículo 6 del reglamento estipula que corresponde al AMB el otorgamiento y la declaración de caducidad de las autorizaciones VTC dentro de su ámbito territorial, y es en artículo 10 del citado texto cuando se establece que es competencia del AMB la fijación del número máximo de autorizaciones de servicios urbanos de VTC.

 

Identificación obligatoria

 

También establece el texto que los vehículos de más de cinco plazas que vayan a prestar servicio VTC en el AMB, deben estar adaptados a personas con movilidad reducida. Además, todas las VTC del AMB deberán llevar el adhesivo exterior acorde con el diseño de la administración, indicando la autorización para la realización servicios urbanos. Deja claro el AMB que el servicio será urbano cuando el mismo se ha producido en origen y destino dentro de su territorio con independencia de las fechas de origen y destino contratadas. Añade que deja de ser urbano el servicio que finaliza fuera del ámbito territorial del AMB, a pesar de que hubiera sido contratado como urbano.

 

La vigilancia e inspección de las VTC corresponde a los órganos del Instituto Metropolitano del Taxi (IMET) que estatutariamente las tengan atribuidas. Las infracciones serán calificadas de graves, muy graves y leves. Entre las muy graves destaca la prestación de servicios sin autorización, negarse a la inspección, utilizar autorizaciones atribuidas a nombre de otrosLas infraciones leves son sacionadas con advertencia o multa de hasta 250 euros; las graves, con multa de hasta 1.250 euros; y las muy graves, con multa de hasta 4.000 euros.

 










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