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19/09/2019 - Gaceta del Taxi

El taxi, a la espera de conocer la sentencia de la AN sobre las hojas de ruta


El sector del taxi, y el de las VTCs, están a la espera de conocer la sentencia de la Audiencia Nacional que ayer deliberó sobre si las empresas titulares de las autorizaciones de vehículos de alquiler con conductor (VTC) están obligadas a cumplimentar una hoja de ruta por cada servicio, tras el recurso interpuesto por la CNMC a comienzos de 2016 en contra de la Orden FOM 2799/2015 en la que aparecía dicha obligación.  

 

La Orden Ministerial, que fue aprobada a finales de 2015 junto con el Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres (ROTT), fue recurrida por la vía contencioso-administrativa por la CNMC al entender que atentaba contra el interés general y contra la libre competencia.

 

El Tribunal Supremo se declaró competente para hacerse cargo del recurso de la entidad reguladora de la competencia contra el ROTT. Sin embargo, la Audiencia Nacional sería la encargada de fallar sobre el recurso contra la Orden FOM que lo acompañaba.

 

Tras conocerse la sentencia del Supremo en junio de 2018 en el que se refrendaba la legalidad del ROTT y, entre otras cosas, se daba por cerrada la liberalización de las VTC, la CNMC desistió de la mayoría de los recursos que también había interpuesto contra la Orden FOM, menos uno.

 

Ese artículo contra el que aún mantenía el recurso era el número 24. En dicho precepto se obligaba a las empresas titulares de autorizaciones de arrendamiento con conductor a cumplimentar una hoja de ruta por cada servicio, que deberá conservarse durante el plazo de un año. En dicha hoja de ruta debe constar el nombre y DNI del arrendador y arrendatario; el lugar y fecha de la celebración del contrato; el lugar, fecha y hora en la que ha de iniciarse el servicio y el lugar y en que haya de concluir, así como la matrícula del servicio.

 

Finalmente, será mañana cuando la Audiencia Nacional se reúna y tome una decisión al respecto. La sentencia tiene mucha trascendencia ya que, en caso de ser favorable a la CNMC, quedaría prácticamente sin efecto la web de control en la que deben registrar las VTC todos sus servicios.

 

Julio Sanz, presidente de la Federación Profesional del Taxi de Madrid y de la Asociación Nacional del Taxi (Antaxi), ha explicado a nuestro medio que ellos han presentado sus recursos en este procedimiento a través del mismo bufete que les defendió en el Supremo: el de José María Baños León. Además, el presidente de Antaxi se ha mostrado confiado en que la sentencia será favorable a la regulación de las VTC.

 

La confianza de Sanz se basa en que hace unas semanas la Audiencia Nacional dio la razón a un agente de la autoridad que había puesto una sanción a un conductor de VTC y la empresa de alquiler de vehículos había recurrido dicha multa. En ese caso, el órgano judicial defendió la obligatoriedad de llevar una hoja de ruta en cada servicio para las VTC.

 

En cualquier caso y sea cual sea la decisión de la AN, dicha sentencia es recurrible por las partes en un plazo de 30 días ante el Tribunal Supremo.










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