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05/04/2024 - La Gaceta del TAXI

Declaradas nulas algunas regulaciones a las VTC


El Tribunal Supremo ha confirmado esta semana la nulidad de varios artículos de la ordenanza municipal reguladora de los servicios de vehículos de alquiler con conductor (VTC) que aprobó el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera en 2020. El Alto Tribunal ha rechazado de esta forma el recurso de casación presentado por el Consistorio jerezano ratificando la decisión previa de octubre de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de anular varios artículos de la citada ordenanza. 

 

El Tribunal andaluz consideró entonces, tras un procedimiento impulsado por la Agencia de Competencia de Andalucía, que las restricciones impuestas a las VTC suponían una discriminación contraria a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM).  Ahora, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha recalcado que artículos que regulaban o limitaban la actividad de las VTC relativos al estacionamiento de estos vehículos, la precontratación, el horario o el calendario eran discriminatorios. También ha sido declarado nulo el artículo relativo a la vestimenta de los conductores de VTC y el que limitaba la circulación de estos vehículos.

El Tribunal Supremo entiende que el TSJA aplicó correctamente los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación de la LGUM y señala, en una crítica a la forma de recurrir, que el recurso presentado por el Ayuntamiento de Jerez hacía referencia a una normativa de la Junta de Andalucía adoptada después de dictarse la sentencia./TAMBIÉN ES NOTICIA

 










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