¿Puedes tributar por módulos si trabajas con una plataforma digital?

Desde hace varios días, las dudas tributarias han sacudido el sector del taxi, especialmente entre aquellos taxistas que trabajan con plataformas de intermediación que, según algunas informaciones, tendrían que pasar al sistema de estimación directa, no pudiendo tributar por el sistema de estimación objetiva, conocido como el sistema de módulos.
La polémica terminó de saltar cuando la publicación Todotaxi afirmó que la Agencia Tributaria había establecido diferencias significativas en el tratamiento fiscal de los taxistas que operan de manera tradicional y aquellos que prestan servicios a través de plataformas digitales o empresas de intermediación. El hecho de que estas compañías actúen como intermediarias entre el conductor y el cliente final, resultaría clave para que la Agencia Tributaria, impidiera a los taxistas facturar por el sistema de estimación objetiva (módulos), quedando obligados a la estimación directa.
Desde nuestro medio hemos consultado a representantes del sector del taxi que no respaldan al 100% esa información y remiten una guía sobre el IVA intracomunitario para los profesionales que quieran tener más información.
Movea niega que esté prohibido tributar por módulos
Desde las plataformas, sin embargo, organizaciones como Movea aseguran que “no existe ninguna disposición legal ni criterio de la Agencia Tributaria que excluya a los taxistas del régimen especial de Módulos por el mero hecho de colaborar con plataformas digitales". Su presidente y asesor fiscal, Ricardo González, ha insistido en que "los taxistas autónomos que cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente pueden seguir tributando bajo este régimen, con independencia de si trabajan de forma tradicional o a través de plataformas tecnológicas."
Tal y como ha señalado González, "los límites para acogerse al régimen especial de Módulos están recogidos en la página web de la Agencia Tributaria, donde se establece claramente que desde el año 2016 hasta el 2025 inclusive, el límite máximo para las operaciones por las que se está obligado a expedir factura se sitúa en 125.000 euros, excluyendo de dicha cantidad el IVA. Esto implica que para superar dicho límite un taxista debería facturar más de 11.458 euros al mes (IVA incluido) por servicios de plataforma".
En su opinión, "afirmaciones que intentan establecer una diferenciación fiscal entre taxistas tradicionales y aquellos que operan con plataformas carecen de fundamento normativo o jurisprudencial" e insiste en que "la relación entre un conductor y una plataforma tecnológica no condiciona, por sí sola, la aplicabilidad del régimen de Módulo."/TAMBIÉN ES NOTICIA
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