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Pleno judicial de derrotas contra la liberalización del taxi en Madrid

Protesta en Madrid el 28M

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº12 de Madrid ha confirmado el respaldo judicial al actual límite o cupo de licencias de taxi existente en el Ayuntamiento de Madrid, al desestimar un recurso contencioso-administrativo interpuesto por Tuk-Tuk Sociedad Cooperativa Madrileña. Esta entidad, vinculada a Fenadismer y representada por el abogado Emilio Domínguez —quien años atrás estuvo vinculado a la defensa jurídica del taxi madrileño—, solicitaba la concesión directa de tres licencias de taxi.

Con esta nueva sentencia se confirma el pleno de derrotas judiciales en la estrategia del citado abogado, quien ha promovido hasta cuatro procedimientos a través de distintas sociedades para intentar liberalizar el número de licencias en Madrid. Todas han sido desestimadas. Las otras entidades involucradas fueron Quijote Primer Centenario Sociedad Cooperativa, que recayó también en el Juzgado nº12; Formatruck Global Sociedad Cooperativa Madrileña, que se decidió en el Juzgado nº29;  y Formatravel Sociedad Cooperativa Madrileña, cuya sentencia la publicó el Juzgado nº3 de lo Contencioso-administrativo de Madrid.

En este último caso conocido hoy, el Ayuntamiento, a través de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, y al igual que hizo en los procedimientos anteriores, denegó la concesión directa de las tres licencias, y el Juzgado ha avalado esa decisión. En la resolución, el magistrado subraya que no es posible conceder directamente licencias sin la correspondiente convocatoria pública, en la que deben ponderarse aspectos de interés general como la seguridad pública, la gestión del tráfico, el medio ambiente y los objetivos de política social.

La sentencia también rechaza que el supuesto incumplimiento por parte del Ayuntamiento del artículo 8 del Real Decreto 1544/2007 —que establece que al menos el 5 % de las licencias deben ser para vehículos adaptados— justifique la concesión automática de nuevas licencias. Según el fallo, Tuk-Tuk Sociedad Cooperativa Madrileña no acreditó que hubiera instado previamente a la Administración a cumplir dicho precepto ni solicitó la convocatoria de nuevas licencias con ese fin.

El Ayuntamiento, junto a la Comunidad de Madrid y las asociaciones del taxi Federación Profesional, Asociación Gremial del Taxi y Asociación Madrileña del Taxi, se personaron en defensa del régimen actual. La sentencia destaca, al igual que en las anteriores, que la Ordenanza Reguladora del Taxi ya prevé criterios medioambientales, sociales y de accesibilidad a la hora de otorgar nuevas licencias mediante concurso, y que una liberalización sin control “provocaría una sobre saturación de vehículos en la vía pública innecesaria y desproporcionada”.

Además, el juez cita jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de la Audiencia Nacional que respalda la posibilidad de establecer límites al acceso a actividades económicas cuando existen razones imperiosas de interés general, como la protección del medio ambiente, la seguridad, o la calidad del servicio público.

El recurso ha sido desestimado íntegramente y la sentencia impone las costas procesales a la parte demandante, Tuk-Tuk Sociedad Cooperativa Madrileña, con un límite de 300 euros por cada uno de los codemandados, excluido el IVA. La parte demandante tiene ahora un plazo de 15 días para presentar recurso de apelación. En los tres anteriores casos no se presentó dicho recurso/TAMBIÉN ES NOTICIA

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