Un mismo taxi, un mismo recorrido: hasta 19 € más por el simple hecho de pulsar un botón diferente
Esta no es una hipótesis. Es el sistema que el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y el Instituto Metropolitano del Taxi (IMT) permiten actualmente mediante los denominados mínimos perceptivos, autorizando que distintas empresas de mediación apliquen importes mínimos muy diferentes para un mismo servicio.
Los más perjudicados son precisamente quienes más dependen del taxi: personas mayores, pacientes que acuden a hospitales o centros de atención primaria y personas con movilidad reducida.
Un usuario que necesita un taxi adaptado para recorrer apenas 3 kilómetros puede pagar 8 € si lo solicita a través de una plataforma y 21 € o 27 € si lo hace por otra. El vehículo es el mismo. El conductor puede ser el mismo. El trayecto es el mismo. Lo único que cambia es la aplicación o la emisora desde la que se pide el servicio.
El propio AMB informa de que el precio del taxi se calcula mediante la bajada de bandera, el recorrido y el tiempo de espera, conforme a una tarifa regulada. Sin embargo, convive con un sistema de mínimos perceptivos autorizados que permite diferencias económicas muy importantes entre usuarios que reciben exactamente la misma prestación.
La consecuencia es evidente: dos ciudadanos dejan de ser iguales ante un mismo servicio público. Uno paga la tarifa regulada y otro puede llegar a pagar varias veces más únicamente porque utilizó un canal distinto para contratar el taxi.
Además, el sistema tampoco genera igualdad entre taxistas. Un mismo servicio puede proporcionar ingresos muy diferentes según la plataforma que lo haya asignado, alterando la remuneración de una actividad sometida a tarifas públicas.
A ello se suma que, en junio de 2026, el Tribunal Supremo recordó que la actividad de las plataformas es de mediación y que el contrato de transporte se celebra con el titular de la licencia, mientras que la Audiencia Provincial de Barcelona recordó la prohibición legal de modificar el precio del servicio de taxi mediante bonificaciones, descuentos, suplementos u otras fórmulas análogas.
La Iguala Jurídica entiende que este sistema debe ser revisado por los tribunales para determinar si es compatible con el régimen tarifario del taxi y con el principio de igualdad de los usuarios ante un servicio de interés general.
No puede haber dos precios para un mismo taxi simplemente porque el usuario haya pulsado un icono distinto en su teléfono.
Iguala Jurídica Taxi
X. Aguilar