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19/06/2017 12:57:36 - Gaceta del Taxi

“La competencia no es lo único en juego entre taxi y las VTC”


Unos meses después de que se modificase el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia lo recurrió ante la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. La entidad presidida por Marín Quemada esgrimió en su recurso que este reglamento vulneraba la ley de unidad de los mercados y no respetaba la libre competencia entre el taxi y las VTCs.

 

Muchas asociaciones del taxi se personaron como parte afectada para defender los intereses del sector. Una de ellas fue la Federación Profesional del Taxi de Madrid que, con la colaboración de fondos aportados por compañeros y la Sociedad Cooperativa de Autotaxi de Madrid (SCAT), está defendida en el proceso por el bufete de abogados José María Baño León. Álvaro Pascual, uno de los letrados que defiende a FPTM en este asunto, considera que el planteamiento de la CNMC era erróneo y que así se lo hicieron saber al Tribunal Supremo, órgano que ahora les ha dado la razón.

 

Gaceta del Taxi.- ¿Por qué consideraban desde su bufete que el recurso que la CNMC interpuso contra el RD 1057/2015 debía ser juzgado por el Tribunal Supremo  y no por la Audiencia Nacional como así defendía la mayoría de las partes personadas?

 

Álvaro Pascual.- La Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que los recursos en materia de “unidad de mercado” -como el presentado por la CNMC contra el Real Decreto 1057/2015- se enjuician en la Audiencia Nacional, pero al mismo tiempo declara que los recursos contra actos del Gobierno  -como lo es dicho Real Decreto que modifica el ROTT- deben conocerse por el Tribunal Supremo. Esta aparente contradicción se salva acudiendo tanto a la Constitución como a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que claramente atribuyen al Tribunal Supremo el enjuiciamiento de actos del Gobierno.

 

G.T.- Desde el punto de vista del sector del taxi, ¿qué ventajas tiene que finalmente sea el TS quien conozca sobre este asunto?

 

A.P.- No se trata de obtener ventajas, sino que la discusión que quiere plantear la CNMC sobre la modificación de la legislación de transportes se sustancie ante el Tribunal competente conforme a la Ley, que en este caso es el Tribunal Supremo. En general, esa es la cuestión fundamental en este recurso: la aplicación de la Ley, no de principios o incluso meras opiniones sobre cómo debe ordenarse el sector.

 

G.T.- Cuando FPTM acudió a ustedes y conocieron sobre el asunto, ¿tuvieron claro desde un principio que lo mejor para los intereses del taxi era que el TS juzgara este recurso?

 

A.P.- Tuvimos claro desde un principio que el planteamiento de la CNMC era desacertado, no sólo en relación con la presentación del recurso contra el Real Decreto ante la Audiencia Nacional.

 

G.T.- Las pretensiones de la CNMC al recurrir una disposición gubernamental como esta, coinciden en gran medida con recientes informes emitidos por la multinacional Uber. ¿Le parece correcto que una entidad de carácter nacional que, en principio, está para velar los intereses de todos, coincida en gran parte con las pretensiones de una empresa multinacional del exterior?

 

A.P.- La CNMC tiene planteamientos propios, que ha expresado incluso antes de que apareciera Uber en España. Que las posturas de ambas coincidan tal vez no sea sorprendente, pero desde luego no es en absoluto condenable. La CNMC tiene la función de promover la competencia en los mercados y por tanto no puede ser “neutral”, aunque como cualquier Administración debe servir con objetividad los intereses generales. La cuestión – y esa es la esencia de este recurso – es que la competencia no es el único valor en juego en la regulación del sector del taxi y las VTC, ni necesariamente se debe proteger como pretende la CNMC.

 

 

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