Fecha de publicación: 03/02/2010 12:02:27

Fomento insiste en que la Ley Ómnibus no afectará al taxi


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Según el texto, firmado por el director general de la Dirección General de Transportes Terrestres, Juan Miguel Sánchez García, "las modificaciones introducidas en la LOTT por el artículo 21 de la Ley Ómnibus en nada afectan al régimen jurídico de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, continuando vigentes cuantas reglas se establecen en relación con el mismo en el capítulo IV del título V del Reglamento de la LOTT y en la Orden FOM/36/2008."

Zanja así la polémica sobre las consecuencias de la aprobación de dicha Ley el pasado mes de diciembre y que provocó un enfrentamiento entre las dos asociaciones estatales del taxi español.

Sobre la contingentación, uno de los aspectos que más preocupa al sector, la Orden de Coordinación señala que el artículo 14 de la Orden FOM/36/2008 "nunca ha supuesto el establecimiento de un contingente de autorizaciones de arrendamiento". Por el contrario, "las reglas contenidas en ese artículo se encontraban y se encuentran únicamente destinadas a evitar una desproporción manifiesta entre la oferta de esta clase de servicios y la de otras formas de transportes de viajeros en vehículos de turismo otorgadas en el mismo territorio". Es, en todo caso, "una regla de proporcionalidad" y un criterio "supletorio" al que en cada caso decida establecer cada Comunidad Autónoma.

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